ACUERDO Nº 1496 –STJ-
Concursos de Ingresos al Poder Judicial – parentesco con un miembro fallecido de la planta permanente de este mismo Poder.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Dictado el 14-11-97.-
Operadora del Digesto: M.L.E.-
En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los 14 días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete, se reúne en Acuerdo el Excmo. Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente Dr. Eduardo D. FERNANDEZ MENDIA, y los Sres. Ministros Dres. Eduardo Mariano COBO, Ciro Lisandro ONGARO, Carlos Alberto IGLESIA y con la actuación del Secretario Legal, Dr. Carlos Alberto BESI. -
ACORDARON:
Visto y considerando, la nota remitida por la Asociación de Empleados Judiciales, por la cual solicitan se contemple la posibilidad de que el cónyuge o hijo/a de agentes judiciales fallecidos pertenecientes a la planta permanente de este poder, tengan prioridad -en iguales condiciones- al momento de ingresar al Poder Judicial. Que por Acordadas Nros. 1438 y 1455 del año 1996 fueron aprobadas, por este Tribunal las Normas para Concurso de Ingreso a este Poder Judicial, de todos los cargos jurisdiccionales y técnico-administrativos, hasta el cargo de Prosecretario, inclusive. Por ello, SE RESUELVE: Disponer que en la resolución de los Concursos de Ingreso al Poder Judicial, que se realicen respecto de todos los cargos jurisdiccionales y técnico-administrativos y según normas oportunamente aprobadas mediante Acordadas Nros. 1438 y 1455 del año 1996, deberá tenerse en cuenta, como pauta de prioridad y en el supuesto de que exista igualdad de condiciones entre los postulantes, la circunstancia de ser cónyuge o hijo/a de un miembro fallecido de la planta permanente de este mismo Poder.
Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan al presente Acuerdo. Protocolícese y Regístrese. - Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación firman los Señores Magistrados arriba nombrados, todo por ante mí, de lo que doy fe.